Jueves, 15 de marzo de 2007
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INMACULADA RODRÍGUEZ MADRE DE CRISTIAN RAMOS
Condenada a tres años la conductora que causó el doble atropello de García Morato«Por lo menos hemos logrado una condena, dentro de todo lo malo»
El juez entiende que la joven de 27 años actuó con un «desprecio absoluto de las más elementales normas de precaución» al circular ebria y saltarse un semáforo en rojo El fallo absuelve al repartidor que chocó contra su turismo el 22 de mayo del 2005
Condenada a tres años la conductora que causó el doble atropello de García Morato«Por lo menos hemos logrado una condena, dentro de todo lo malo»
Un joven observa el altar en honor a Cristian Ramos. / R. GÓMEZ
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La fiscal pidió una «sentencia ejemplar» para concienciar a los conductores sobre los trágicos efectos de mezclar alcohol y velocidad al volante y el juez le respondió ayer con la pena más elevada dictada en la provincia por una imprudencia grave de tráfico. El fallo del Juzgado de lo Penal 3 condena a tres años de cárcel y a cinco de retirada del carné por sendos delitos de homicidio y otros cuatro de lesiones por imprudencia grave a la conductora que en la madrugada del 22 de mayo del 2005 provocó el accidente en el que murieron dos peatones en el cruce de García Morato con el Paseo de Zorrilla.

El magistrado no tiene dudas sobre los hechos ocurridos y considera que la vecina de Tudela de Duero Rebeca A. A., de 27 años, es la única responsable del siniestro que conmocionó a la ciudad. Por eso absuelve al repartidor que conducía la furgoneta que impactó contra el coche de la joven al entender que «no cabe formularle reproche alguno porque circulaba, como haría cualquier conductor, en la creencia de que los demás usuarios de la vía se atendrían a las normas de seguridad vial».

A la que sí reprocha su actitud es a la conductora del Peugeot 306 que viajaba por el paseo de Zorrilla en sentido a La Rubia y que se saltó un semáforo en rojo cuando circulaba bajo los efectos de un «importante volumen de alcohol». Si no lo hubiese rebasado en la fase roja, considera el juez, «es fácilmente concebible que ni la colisión ni los resultados hubieran tenido lugar».

El fallo hecho público ayer y calificado de «muy bien argumentado» por las acusaciones consta de 39 folios en los que el titular del Juzgado de lo Penal número 3 desgrana los motivos que le han llevado a condenar a la vecina de Tudela de Duero. En este sentido, la sentencia da crédito a los testimonios aportados por los distintos testigos que la noche de autos circulaban o caminaban por el cruce convertido después en improvisado, ahora casi perenne, santuario en memoria de las víctimas y tira por tierra las declaraciones exculpatorias de la propia condenada y de la amiga que iba con ella de copiloto.

La defensa recurrirá

La conclusión del magistrado no deja lugar a la duda cuando asegura que «para valorar la intensidad de la imprudencia -cometida por la joven Rebeca A. A.- hay que tener en cuenta que su circulación de manera tan marcadamente descuidada supone una conducta teñida de desconocimiento o desprecio absoluto de las más elementales normas de precaución y cuidado que están en el origen causal de los resultados de muerte y lesiones, por lo que es claro que nos encontramos ante una imprudencia grave».

El fallo, no obstante, no es firme y el abogado de la conductora anunció ayer su intención de presentar el correspondiente recurso ante la Audiencia Provincial para solicitar la absolución de su cliente. Sus argumentos, por el momento, son rechazados por el Juzgado de lo Penal al entender que el informe pericial presentado por esta parte y en el que se señalaba que el repartidor circulaba a 91 kilómetros por hora dejó fuera «numerosas variables».

También explica la sentencia que las tres pruebas de alcoholemia a las que fue sometida la conductora, y en las que triplicó la tasa máxima permitida, fueron legales, si bien reconoce que su primera declaración sí fue irregular y desestima aquel testimonio como prueba.

Todo ello no implica que el juez no encontrara pruebas suficientes contra la acusada entre los testimonios prestados durante la celebración de la vista oral los días 5 y 6 de marzo. Descartada la velocidad de los vehículos ante la imposibilidad «técnica» de demostrarla, el fallo se acoge a la verosimilitud de las declaraciones de tres personas que vieron el accidente esa noche. Gracias a ellos, «la versión del conductor de la furgoneta -pasó su semáforo de García Morato en verde- resulta abrumadoramente reforzada», insiste.

Pruebas contradictorias

Las contradicciones de la propia acusada -llegó a declarar que el semáforo no estaba en rojo, pero que podía estar en ámbar- y de su copiloto, una amiga que salió aquella noche de fiesta con ella y de cuyo testimonio «llama la atención que recuerde con tanta seguridad el estado del semáforo», dieron más credibilidad a los testigos aportados por las acusaciones. Una de ellas, al igual que el resto, vio desde su coche, parado en el semáforo de García Morato en sentido al río, que «la furgoneta le adelantaba por la izquierda cuando iniciaba la marcha después de que cambiara a verde».

Resuelta la cuestión del semáforo -«está probado más allá de toda duda que el repartidor rebasó su semáforo en verde», dice el juez-, la sentencia aborda las evidencias en torno al exceso de alcohol al margen de las dos pruebas practicadas con el etilómetro por la policía y con el posterior análisis de sangre en el Clínico.

Así, el juez entiende que a pesar de invalidar el testimonio prestado por la conductora ante la Policía Local, cuando confesó haber tomado cuatro copas, «hay que recordar que la acusada reconoció que antes de ponerse al volante tomó un combinado de whisky». Eso y los resultados del etilómetro -0,82 y 0,79 sobre un máximo legal de 0,25- y los análisis -1,28 sobre 0,50- llevan al magistrado a afirmar que «no cabe duda de que tomó alcohol en una cantidad muy superior a la que admite».

Su estado de embriaguez lo evidenciaron, a juicio del autor de la sentencia, sus «ojos enrojecidos, brillantes y acuosos; el aliento a alcohol, su rostro congestionado, el habla espesa y su capacidad de exposición reducida» justo después del accidente. Tales síntomas deben atribuirse al «importante volumen de alcohol ingerido» y no a los efectos del accidente -el coche volcó- dado que la conductora solo resultó «herida leve».

130.516 euros

Apuntaladas las dudas razonables, el magistrado reconstruye los hechos que a la luz de las pruebas ocurrieron a las 5.30 horas del 22 de mayo de hace casi dos años en la intersección de la calle García Morato con el Paseo de Zorrilla.

Rebeca circulaba en el Peugeot 306 que le había dejado su novio después de «haber ingerido diversas bebidas alcohólicas y con sus facultades y reflejos gravemente disminuidos» por la calzada central de Zorrilla y sin percatarse de que «el semáforo que le afectaba se encontraba en fase roja» se internó en el cruce a la vez que la furgoneta de reparto hacía lo propio «habilitada por el correspondiente semáforo en verde».

El repartidor «no pudo hacer nada e impactó con el frontal de su vehículo contra la parte trasera izquierda del turismo», lo que hizo que ambos perdieran el control. El furgón siguió en diagonal hacia la mediana de García Morato, arrancó de cuajo una farola y arrolló a tres peatones -entre los que se encontraba el fallecido Cristian Ramos, de 19 años- antes de empotrarse contra el muro de los edificios junto a la parada de taxis. El Peugeot, por su parte, se desvió hacia la mediana del carril de servicio y se llevó por delante a la también fallecida S. V. P., de 24 años, para empotrarse acto seguido contra un panel de tráfico.

Por todo ello la joven -su aseguradora- abonará 130.516 euros a las víctimas y al resto de afectados por daños al margen de la parte ya recibida por las familias.«Por lo menos hemos logrado una condena contra la culpable de la muerte de mi hijo, dentro de todo lo malo», suspira resignada Inmaculada, la madre de Cristian Ramos, uno de los peatones fallecidos en el doble atropello del 22 de mayo del 2005. La sentencia pone fin a casi dos años de calvario en los que tanto ella como la progenitora de la otra víctima -S. V. P., de 24 años,- han visto cambiar sus vidas para siempre desde la noche de autos.

«Mi abogado está contento porque cree que hemos conseguido el máximo de pena, aunque yo ni siquiera sé qué pensar y estamos un poco asustados por lo que pueda ocurrir con el recurso», añade Inmaculada antes de insistir en que «de lo malo, parece que sí hemos conseguido algo» para concienciar, al menos, a los conductores sobre las terribles consecuencias de beber antes de sentarse al volante de un coche.

Lo mismo opina la presidenta regional de Stop Accidentes, Charo Gutiérrez, una mujer que perdió a un hijo en la carretera y que ahora considera que «esta sentencia es la más ejemplarizante dictada nunca en la provincia». Por eso espera que el fallo sirva de una vez por todas para «sensibilizar más a los conductores de los riesgos de saltarse la normas de circulación» y, sobre todo, para sentar un precedente judicial para los procesos venideros por imprudencias.

Gutiérrez recuerda que «la realidad hasta ahora era que el carné daba a los conductores licencia para matar a unas víctimas del volante a las que no defendía nadie». Víctimas como el percusionista Cristian Ramos, de tan solo 19 años, y su compañera de infortunio S. V. P., una estudiante de último curso, de 24 años, que nunca pudo acabar la carrera de Ingeniería Industrial.

Sus nombres pasaron una mala noche, en la que no cometieron más delito que estar en el momento justo en el lugar más inoportuno, a engrosar la larguísima lista de fallecidos por imprudencias, a la luz de la sentencia, graves de la peligrosa mezcla de alcohol y carretera.

El fallo dictado por el titular del Juzgado de lo Penal 3 debería valer, a juicio de la portavoz de Stop Accidentes, para que «no parezca que no pasa nada cuando tu hijo desaparece por culpa de un conductor que no respetó una norma». Gutiérrez confía en no volver a presenciar «juicios incluso más graves que este, porque he estado en muchos, en los que el responsable es absuelto».

 
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